A partir del 1 de julio de 2026, se aplica un nuevo derecho de aduana fijo de 3 € a cada envío de ventas a distancia de bienes importados (VADBI) de un valor inferior o igual a 150 €. Esta reforma, procedente del Reglamento (UE) 2026/38211, pone fin a la franquicia aduanera de la que se beneficiaban hasta ahora estos envíos. Las empresas activas en el e-commerce transfronterizo deben anticipar estos cambios desde ya.

¿Qué cambia para las VADBI?

Hasta ahora, las ventas a distancia de bienes importados de un valor inferior o igual a 150 € estaban exentas de derecho de aduana. El Reglamento (UE) 2026/3821 suprime esta franquicia e instaura en su lugar un derecho de aduana fijo de 3 € por envío2.

Este nuevo derecho se aplica de forma sistemática:

  • independientemente del régimen de IVA utilizado (IOSS, régimen simplificado o IVA de derecho común);
  • independientemente del tipo de declaración aduanera (H1 o H7).

Una reforma europea, una aplicación nacional

El derecho de aduana de 3 € proviene de un reglamento del Consejo de la Unión Europea y se aplica por tanto en todos los Estados miembros a partir del 1 de julio de 2026.

Las modalidades técnicas detalladas más abajo en este artículo (DELTA H7, DELTA IE, códigos de régimen, número EORI) corresponden a su aplicación en el sistema aduanero francés. Cada Estado miembro integra la misma norma europea a través de sus propias herramientas nacionales de despacho de aduanas. Los operadores activos en varios países de la UE deberán por tanto verificar las modalidades específicas de cada administración aduanera correspondiente.

¿Por qué esta reforma? Restablecer la equidad competitiva

Esta medida responde a un objetivo claro: poner fin al desequilibrio competitivo entre los operadores de e-commerce y los demás circuitos de distribución. También permite a las autoridades aduaneras regular mejor los flujos de importación relacionados con el comercio en línea transfronterizo, que ha crecido fuertemente en los últimos años.

Qué cambia concretamente en el sistema aduanero francés

Varios ajustes técnicos acompañan la entrada en vigor de esta reforma:

ElementoAntes del 1 de julio de 2026A partir del 1 de julio de 2026
Franquicia de derecho de aduana (VADBI ≤ 150 €)Código de régimen C07Suprimida — sustituida por el código de régimen F53
Número de crédito de operador (DELTA H7)OpcionalObligatorio, independientemente del régimen de IVA
Dato « comprador » (DELTA IE)OpcionalObligatorio para los flujos VADBI
Designación del declarante / representanteDebe estar obligatoriamente asociada a un número EORI; el consumidor final ya no puede ser designado como declarante o representante

El identificador de producto (PID): un nuevo dato que anticipar

La reforma introduce también un nuevo dato obligatorio a medio plazo en las declaraciones aduaneras: el identificador de producto (PID). Se crean cuatro códigos para ello:

  • C127 – Identificador proporcionado por el vendedor o la plataforma (M-PID)
  • C128 – Identificador no estandarizado proporcionado por el fabricante (NS-PID)
  • C129 – Identificador estandarizado proporcionado por el fabricante, si está disponible (S-PID)
  • Y189 – Ausencia de PID estandarizado para el producto

Este dato se volverá obligatorio a medio plazo, pero su cumplimentación sigue siendo opcional hasta el 1 de noviembre de 2026. Este período transitorio da tiempo a los operadores para estructurar sus intercambios de datos con los fabricantes y las plataformas de venta.

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Noémie Almot
Community Manager y Redactora

Noémie es redactora especializada en ASD Group. Crea y gestiona artículos de blog, así como noticias en nuestros sitios web, centrándose en el IVA, los impuestos internacionales, las operaciones aduaneras, la normativa laboral y el comercio internacional. Con su estilo claro y didáctico, convierte temas complejos y técnicos en contenidos fácilmente comprensibles y relevantes para las empresas.

  1. Reglamento (UE) 2026/382 ↩︎
  2. douane.gouv.fr (en francés) ↩︎