A partir del 1 de septiembre de 2026, todo embalaje de madera que acompañe a una mercancía importada en la Unión Europea será objeto de una declaración específica en TRACES en el momento de la creación del CHED.

Esta evolución se deriva de una directiva del SIVEP comunicada el 21 de julio de 2026, que viene a reforzar el control de los embalajes de madera vinculados a las importaciones extracomunitarias. Se verán afectados todos los embalajes de madera en bruto con un grosor superior a 6 mm, independientemente de la naturaleza de la mercancía transportada.

¿Qué tipos de embalajes están afectados?

La nueva normativa abarca en particular:

  • los palés de madera;
  • la madera de estiba;
  • las cajas cerradas utilizadas para el transporte de animales;
  • las esquinas y calzos de madera en bruto de más de 6 mm;
  • y, más ampliamente, cualquier embalaje de madera en bruto incluido en el ámbito de aplicación del texto.

Datos que se deben introducir en TRACES

Cada envío afectado será objeto de una declaración que incluirá los siguientes elementos:

Dato requeridoPrecisión
Código EPPO2DTRE, NNNWW, 1CONO o YXWOO, según la especie de madera
Número de bultosCantidad de embalajes de madera utilizados
Peso netoPeso neto de los bultos contemplados
Código NIMF 15Referencia al tratamiento fitosanitario NIMF 15 (ISPM 15)
País de expediciónPaís de origen de los embalajes de madera

Registro previo de los establecimientos en TRACES

Otro requisito previo: tanto el establecimiento de origen de la mercancía como su destino final deberán estar registrados en TRACES para permitir la declaración de los embalajes de madera. El registro debe realizarse en la siguiente categoría:

EstablecimientoCategoría TRACESEstado esperado
Origen de la mercancíaSanidad vegetal → Operadores profesionales contemplados en el artículo 45, apartado 1, letra l), del IMSOC✅ Válido
Destino finalSanidad vegetal → Operadores profesionales contemplados en el artículo 45, apartado 1, letra l), del IMSOC✅ Válido

Una nota sobre la organización de la carga

Para simplificar el trabajo de las autoridades de control, también convendrá organizar la carga de manera que el marcado de los embalajes de madera sea visible en cuanto se abra el vehículo. Esta precaución tiene como objetivo facilitar la verificación de la conformidad de los embalajes durante los controles.

Entrada en vigor: 1 de septiembre de 2026

Este nuevo procedimiento entrará en aplicación en dicha fecha.

⚠️ A tener en cuenta: la falta de la información requerida o una no conformidad detectada en los embalajes puede dar lugar a que las autoridades competentes rechacen el envío.

¿Cómo prepararse desde ahora?

A los operadores afectados les interesa comprobar sin demora:

  • la conformidad de sus embalajes de madera;
  • la presencia efectiva del marcado NIMF 15 / ISPM 15;
  • los datos necesarios para la declaración TRACES;
  • la validez del registro TRACES del establecimiento de origen y del destino final;
  • la organización de la carga para que los marcados permanezcan accesibles para las autoridades.
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Noémie Almot
Community Manager y Redactora

Noémie es redactora especializada en ASD Group. Crea y gestiona artículos de blog, así como noticias en nuestros sitios web, centrándose en el IVA, los impuestos internacionales, las operaciones aduaneras, la normativa laboral y el comercio internacional. Con su estilo claro y didáctico, convierte temas complejos y técnicos en contenidos fácilmente comprensibles y relevantes para las empresas.